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Policía Municipal – Licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos

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Policía Municipal – Licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos

Órgano gestor

Objeto

  • Desde Policía Municipal, se expide licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos a las personas que cumplan los requisitos exigidos y en las condiciones previstas en la correspondiente normativa.

Documentación a presentar

  • Instancia específica solicitando la tramitación de la documentación para la obtención de licencia de animal peligroso
  • Cartilla sanitaria del animal
  • Póliza del seguro, para comprobar que aparece reflejado en la misma el nombre y chip del animal, y que la cantidad concertada de responsabilidad civil es superior a la exigida por ley. Presentar justificante bancario del pago del mismo
  • Certificado médico de aptitud médica y psicológica
  • Certificado de penales. El certificado de penales se puede obtener solicitándolo directamente en la Gerencia Territorial de Justicia (Registro Central de penados y Rebeldes), en C/ Virgen del Puy, nº 1), o solicitando mediante el documento de Petición de Antecedentes del Registro Central de Penados y Rebeldes, a través de Policía Municipal
  • En dependencias de Policía Municipal se le realizarán con cámara digital fotografías del titular y del animal
  • Justicante de abono de la tasa municipal aprobada cada año para la tramitación de la licencia

Lugar de presentación:
 

Más información

  • La licencia tiene validez para cinco años y estará condicionada al mantenimiento durante este periodo de los requisitos necesarios para obtenerla.
  • La tenencia de la licencia no exime del resto de obligaciones (atado, bozal, no dos animales…).
  • Deberá comunicarse a este Ayuntamiento cualquier modificación de los datos del registro, tanto del titular como del animal.
  • El desconocimiento de las obligaciones no exime del cumplimiento de las mismas.

Normativa

  • Real Decreto 287/2002 de 22 de Marzo sobre la tenencia de animales peligrosos
  • Ley 50/1999 de 23 de Diciembre sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales peligrosos.
  • Ordenanza Municipal de Sanidad sobre la tenencia de animales en el Término Municipal de Burlada (BON 66 de 2 de junio de 2002)

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
BURLADA / BURLATA - P3126600J
Plaza de las Eras, s/n
31600 Burlada / Burlata (Navarra)
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