La celebración de matrimonio civil puede realizarse en el Registro Civil (en Burlada en el Juzgado de Paz los viernes de 9:00 a 14:00), en una notaría o ante la Alcaldía del Ayuntamiento que puede delegar en cualquier miembro de la corporación.
El Ayuntamiento de Burlada habilita el semisótano del Palacete y el Parque Municipal para la celebración de bodas civiles. No es necesario estar empadronados para solicitarlo.
Se podrán celebrar los viernes por la tarde a las 18:30, 19:00 o 19:30 y sábados por la mañana a las 12:00, 12:30, 13:00 o 13:30.
Quedan exentas las siguientes fechas:
1 y 6 de enero
Semana Santa
24 de junio (fiesta local)
San Fermín
Fiestas Patronales de Burlada del 13 al 21 de agosto.
24, 25 y 31 de diciembre
La consulta sobre disponibilidad y reserva de día, hora y sala se podrá realizar de forma presencial en la Oficina de Atención Ciudadana o telefónica en el 948-238400, previo conocimiento del contenido del documento deInformación general de bodas civiles y lugares de celebración
Requisitos
Es necesario que, previamente, se haya iniciado expediente de matrimonio en el Registro Civil correspondiente al del domicilio de empadronamiento de uno de los contrayentes y se haya solicitado traslado del expediente al Juzgado de Paz de Burlada
Documentación a presentar en el Ayuntamiento: como muy tarde 1 mes antes de la fecha del matrimonio para que se pueda celebrar
Solicitud de reserva de día, hora y lugar para matrimonio civil Tlfno: 948 23 84 00
Fotocopia del DNI de los testigos. A diferencia de lo que se exige para la tramitación del expediente en el Juzgado, en la ceremonia, los 2 testigos pueden ser familiares de los contrayentes.
Justificante del pago de la tasa que corresponda según el espacio que se reserve. (ver formas de pago)
Justificante de la fianza prevista para garantizar el buen estado del local y mobiliario (ver formas de pago)