Servicios Económicos – Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM) – Devolución por baja definitiva del vehículo

Órgano gestor

Objeto

  • Solicitud de devolución de la parte correspondiente del Impuesto de Circulación por Baja Definitiva.

Dónde presentar

Quién puede realizar el trámite

  • Cualquier persona física o jurídica que haya dado de baja definitiva un vehículo.

Requisitos

  • Tener abonado el impuesto del año en curso.

Cómo se puede realizar el trámite / Documentación a presentar

  • Instancia general firmada solicitando la devolución de la parte correspondiente y facilitando un número de cuenta donde se le vaya a hacer el reintegro.
  • Certificado de destrucción del vehículo al final de su vida útil expedido por el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra (lo facilita el desguace donde se haya entregado el vehículo) o la solicitud de baja del vehículo sellada por la Jefatura Provincial de Tráfico.

Cómo y cuándo se resuelve

  • El importe de la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales.
    El reintegro del importe correspondiente se realiza el mes siguiente a la presentación de la solicitud en el número de cuenta que se facilite.

Dónde se puede consultar el estado de la tramitación

  • Se puede consultar en la Carpeta ciudadana – Mis expedientes.